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Estatutos y normas del Club

Artculo 1. Denominacin, objeto, mbito y domicilio social

– El Club Deportivo Elemental Bike Run Villanueva de la Torre es una asociacin privada sin nimo de lucro integrada por personas fsicas que tienen por finalidad exclusiva y especifica la directa participacin de sus integrantes en actividades y manifestaciones deportivas
– El Club practicar la modalidad deportiva de Ciclismo de Montaa MTB y Runing
– El domicilio del Club se establece en Calle la Fuente, n 26 de Villanueva de la Torre 19209 , y se requerir el acuerdo de la Comisin Directiva para una futura modificacin de dicho domicilio
– El mbito de actuacin del clubes de carcter local
– El club se constituye al amparo de la Ley 1/1995 de 2 de marzo del Deporte en Castilla-La Mancha y sus normas de desarrollo. En todo aquello no previsto por los presentes Estatutos, ser aplicable dicha normativa

Artculo 2. Admisin y cese de socios

– El nmero de socios ser de ilimitado, se dejar la posiblidad de suspender la admisin de nuevos socios cuando as lo exijan razones de aforo o capacidad fsica de las instalaciones u otras
– Para ser admitido como socio de nmero o aspirante, ser necesario solicitarlo por escrito a la Comisin Directiva y abonar la cuota de entrada establecida
– La condicin de socio se pierde por:
   a) Voluntad propia
   b) Por la falta de pago de la cuota de sostenimiento durante nmero 2 cuotas
   c) Por acuerdo de la Comisin Directiva derivado de faltas cometidas, previa instruccin de expediente y con audiencia del interesado

Artculo 3. Derechos de los socios

Los socios tendrn los siguientes derechos:

– Participar en la consecucin de los fines deportivos del Club
– Conocer las actividades del Club y examinar las actas de las sesiones de sus rganos
– Expresar libremente sus opiniones para la mejora del club
– Ser electores y elegibles para los rganos de representacin y gobierno, teniendo el derecho de sufragio activo los mayores de 16 aos y de sufragio pasivo los mayores de 18
– Separarse libremente del Club

Artculo 4. Deberes de los socios

Son obligaciones de los socios:

– Abonar las cuotas de sostenimiento del Club aprobadas por la Comisin Directiva
– Contribuir a la consecucin de los fines del Club
– Adecuar su actuacin como miembro del Club a lo establecido en los estatutos
– Acatar las disposiciones dictadas por la Comisin Directiva
– Colaborar en la gestin y administracin del Club si fuere elegido para ello

Artculo 5. rganos de gobierno, representacin y administracin

El Club tendr un/a Delegado/a, una Comisin Directiva y un Secretario.

Artculo 6. El/la Delegado/a

– El cargo de Delegado/a se elegir entre y por los socios fundadores en el momento de la constitucin del Club. Su cargo durar cuatro aos y podr ser reelegido
– Transcurrido el mandato inicial del cargo de Delegado/a, la Comisin Directiva elegir entre sus miembros un nuevo/a Delegado/a o reelegir al anterior, por mayora de votos emitidos sin contar en el cmputo las abstenciones
– La duracin del mandato del cargo de Delgado/a ser de cuatro aos y cesar en su cargo:
   a) Por el transcurso del perodo de su mandato
   b) Por resolucin judicial que le inhabilite para el cargo
   c) Por muerte o incapacidad que impida el ejercicio del cargo
   d) Por prdida de la condicin de socio
   e) Por haberlo acordado la Comisin Directiva del club, en la forma prevista en los presentes Estatutos – El/la Delegado/a tendr como misin fundamental representar al club ante cualquier persona fsica o jurdica, pblica o privada. En caso de ausencia o vacante, ser sustituido por el socio de mayor antigedad y, en caso de igualdad, por el de mayor edad – El/la Delegado/a ostenta las siguientes funciones:
   a) Dirigir la administracin del club
   b) Convocar, presidir y moderar todas las reuniones que se celebren en el seno del club
   c) Elaborar y aprobar instrucciones para el funcionamiento del club, salvo que stas afecten a la estructura orgnica estatutaria o fundacional, en cuyo caso ser necesaria la aprobacin por parte de la Comisin Directiva
   d) Disponer sobre los ingresos y gastos del club, dando cuenta a la Comisin
   e) Firmar cuantos documentos, actas, convenios, autorizaciones o aceptaciones sean necesarios para la administracin del club
   f) Ejercer las acciones e interponer los recursos o reclamaciones que sean precisos, salvo los judiciales, para los que ser precisa la autorizacin expresa de la Comisin Directiva
   g) Proponer las modificaciones estructurales u organizativas del club, as como los proyectos de presupuesto a la Comisin Directiva – El Delegado podr ser cesado y sustituido por la Comisin Directiva cuando su gestin sea contraria a los intereses del mismo. Para ello, cualquier miembro de la Comisin Directiva podr proponer el cese del Delegado por escrito ante la propia Comisin, incluyendo en la propuesta el nombre del sustituto, que deber ser un miembro de la misma. La Comisin Directiva se reunir en el plazo mximo de cinco das para debatir y aprobar o rechazar la propuesta. En el supuesto de que la propuesta de cese y sustitucin no prosperara, el proponente pierde el derecho a presentar otra propuesta durante los seis meses siguientes a la presentacin de la primera

Artculo 7. La Comisin Directiva

– La Comisin Directiva estar integrada por todos los socios mayores de edad y ser presidida por el/la Delegado/a y, en ausencia o vacante de este, por el socio de mayor antigedad y, en caso de igualdad, el de mayor edad
– La Comisin Directiva ostenta las siguientes competencias:
   a) Acordar las cuotas de ingreso y permanencia en el club
   b) Acordar la extincin o disolucin del club deportivo elemental
   c) Aprobar y modificar las normas estatutarias y reglamentarias del club
   d) Autorizar actuaciones judiciales
   e) Autorizar la separacin o destitucin de algn miembro del club
   f) Aprobar modificaciones estructurales y organizativas del club
   g) Aprobar el presupuesto
– La Comisin Directiva debe reunirse al menos una vez al ao, previa convocatoria del/a Delegado/a. Aprobar sus acuerdos por mayora de los votos emitidos, sin contar en el cmputo las abstenciones y pudiendo realizarse la votacin a mano alzada

Artculo 8. La Secretara

– La persona que ocupe la secretara del club ser designado/a por el/la Delegado/a dando cuenta a la Comisin Directiva
– La persona que ocupe la secretara tendr las siguientes funciones:
   a) Levantar acta de las reuniones que se celebren en cualquiera de los rganos colegiados del club
   b) Custodiar la documentacin del club
   c) Expedir certificaciones

Artculo 9. Gratuidad de los cargos

Las personas que ocupen cualquiera de los rganos de gobierno, administracin y representacin no estarn retribuidas por dicha actividad.

Artculo 10. Rgimen econmico-financiero

– La Comisin Directiva debe aprobar anualmente un presupuesto que contendr los gastos y las previsiones de ingresos y, en la medida de lo posible, resultar equilibrado
– Queda totalmente excluido de la actividad del club el nimo de lucro, no pudiendo repartir entre los socios los beneficios que, en su caso, pudieran producirse. No obstante, s podr disminuir las cuantas de las aportaciones o cuotas de los socios cuando los rendimientos e ingresos generales lo permitan, mediante justificacin contable suficiente
– Todos los ingresos del club deben aplicarse, exclusivamente, al cumplimiento de su objeto asociativo. De las deudas y obligaciones contradas por el/la Delegado/a del club respondern todos sus socios mancomunadamente, salvo que hubieran sido negociadas por aquel/la sin consentimiento de estos. De las restantes deudas responder la persona que las hubiere contrado

Artculo 11. Rgimen documental

Bajo la gestin y custodia de la persona que ocupe la secretara, el club deber tener actualizado:

– Un Libro de Actas, en el que se recogern todas las que se levanten sobre las reuniones celebradas por los diferentes rganos colegiados del club. Las actas sern levantadas por la persona que ocupe la secretara, con el visto bueno del/a Delegado/a
– Un Libro de Contabilidad, en el que figurar el resumen del presupuesto anual del club y la relacin de sus ingresos y gastos, precisando aquellos ingresos que procedan del sector pblico
– Un Libro Registro de Socios, en el que debern constar los socios del club, especificando todas las incidencias de los cargos del club actualizadas, con independencia de las que figuren en el Libro de Actas

Artculo 12. Rgimen disciplinario

– La Comisin Directiva aprobar un reglamento disciplinario del club que, en todo caso, establecer que la expulsin de un socio requerir de acuerdo adoptado previo expediente contradictorio
– La modificacin del reglamento disciplinario requerir el mismo rgimen previsto para su aprobacin
– En caso de no estar aprobado ningn reglamento disciplinario, ser de aplicacin el rgimen de disciplina deportiva previsto en la Ley 1/1995 de 2 de marzo del deporte en Castilla-La Mancha o norma que lo sustituya
– El/la Delegado/a podr designar un rgano unipersonal o colegiado con funciones de potestad disciplinaria. En ausencia de dicho rgano, ejercer como tal el/la Delegado/a. En cualquier caso, la expulsin de un socio deber ser aprobada por la Comisin Directiva

Artculo 13. Transformacin en club deportivo bsico

La Comisin Directiva podr acordar la transformacin del club deportivo elemental en club deportivo bsico.

Artculo 14. Disolucin del club

– El club se extinguir por cualquier causa prevista en el Ordenamiento Jurdico y en la forma que este prevea. Igualmente, el club se extinguir:
   a) Resolucin judicial
   b) Transformacin en club deportivo bsico
   c) Acuerdo de la Comisin Directiva aprobado por la mayora de sus miembros
– La extincin del club no impedir la exigencia de responsabilidad a sus miembros por las deudas subsistentes, de las que respondern de modo mancomunado. El lquido resultante de las cuentas del club se repartir entre los miembros en proporcin a sus aportaciones o bien se destinar a otros fines de carcter deportivo

Estatutos y normas del club aprobadas en Villanueva de la Torre a 8 de febrero de 2015

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